Megainversiones y ‘holdings’ tendrían incentivos tributarios
Establece dos nuevos regímenes para estos proyectos, que tendrían beneficios en Imporrenta, renta presuntiva e impuesto a los dividendos.
En medio de las discusiones por el aumento de productos con IVA y de las personas que tendrían que cancelar Retefuente por renta, incluidos en el proyecto de reforma tributaria, pasaron a segundo plano los nuevos regímenes para megainversiones y sociedades ‘holding’ en el país.
En el articulado, que tendrá cerca de un mes y medio para ser aprobado en las sesiones ordinarias del Congreso, se les da vía libre a estos beneficios, que están incluidos en el paquete de medidas para incentivar las inversiones privadas y, por ende, aumentar el crecimiento económico.
MEGAINVERSIONES
Para el primer grupo, se determina que desde el 1.° enero del próximo año tendrán ‘gabelas’ adicionales en su impuesto de renta, aquellas empresas que generen al menos 50 empleos directos y realicen nuevas inversiones de más de $1.623 millones en cualquier actividad industrial, comercial y/o de servicios.
Asimismo, estas deben hacerse en “propiedades planta y equipo, que sean productivos o que tengan la potencialidad de serlo y (…) en un periodo máximo de cinco años gravables”, reza el articulado.
Si cumplen con ‘todas las de la ley’, su tarifa de Imporrenta será de 27% y no del 33%, como está para el próximo año, sumado a que no se les cobrará renta presuntiva, ni les serán gravados sus dividendos, siempre y cuando las inversiones sean efectuadas a través de sociedades nacionales o establecimientos permanentes.Este régimen tendrá su puerta abierta hasta el 31 de diciembre del 2023 y estará vigente durante dos décadas, por lo cual también se reviven los contratos de estabilidad jurídica, aunque serán exclusivos para esta figura. Eso sí, tendrán varios condicionamientos para que el Gobierno les dé vía libre, tarea que estará en cabeza de los ministerios de Hacienda y Comercio.En caso de lograrse, quedarán exentos de los beneficios previamente señalados, pero igual tendrán que pagar otros impuestos directos, indirectos, territoriales o de tasas y contribuciones que fije el Estatuto de esta materia.En cualquier caso, esta figura tributaria quedará prohibida para aquellos que “hayan sido condenados mediante sentencia ejecutoriada o sancionados mediante acto administrativo en firme, en territorio nacional o extranjero, en cualquier época, por conductas de corrupción”.Esto, por poner un ejemplo, dejaría a la multinacional brasileña Odebrecht por fuera de la posibilidad de entrar en el régimen tributarios especial de las megainversiones.El otro grupo de sociedades que tendrán beneficios en materia de impuestos son las ‘holding’, que, en otras palabras, son organizaciones económicas que controlan una serie de compañías o sociedades y les garantizan controles en diferentes factores.La reforma tributaria o ley de financiamiento busca precisamente incrementar el atractivo para que capitales internaciones aterricen en Colombia y estos se canalicen por el territorio nacional, de modo que de aquí pasen a otras jurisdicciones.De igual forma, reza la exposición de motivos del proyecto de ley,Y agrega que estos ajustes le dan seguridad jurídicas al contribuyente que desee aplicar a dicho régimen, y se iguala a los estándares globales de prevención del abuso en materia fiscal, ya que –entre otras– evita la creación de empresas de papel.Para aplicar, las sociedades nacionales interesadas tendrán que tener una participación directa o indirecta en al menos el 10% del capital de cada sociedad o entidad extranjera por un periodo mínimo de 12 meses, además de contar con los recursos humanos y materiales para la plena realización del objeto social.De lograr quedar en este régimen, los dividendos o participaciones distribuidos por entidades no residentes en Colombia a una ‘holding’ estarán exentos del impuesto sobre la renta y se declararán como rentas exentas de capital.Esta misma condición tendrán aquellas rentas derivadas de la venta o transmisión de la participación de una sociedad sombrilla de estas, en entidades no residentes en Colombia.Ahora, el Congreso tendrá la última palabra si decide aceptar o no la creación de estos nuevos regímenes tributarias, que empezarían a regir desde el mismo 2019.La propuesta de bajar la tarifa general del IVA a 18%, pero aumentando la base de productos gravados, tendría de hasta 6,2% en el gasto de los hogares.Este cálculo preliminar fue hecho por la firma Raddar Consumer Knowledge Group, que encontró dos escenarios posibles: uno con impacto conservador y otro con un coletazo alto.En el primero, y lo que puede pasar es que la tasa media de IVA pasaría a ser de un 5,5% y esto significa que “pasamos de gastarnos el 3,3% de nuestro bolsillo en IVA, a gastarnos el 5,2%”, afirma el estudio.En el segundo escenario, donde el impacto es el más alto, se asume que la gente hoy sí paga mucho de este impuesto, lo que quiere decir, en plata blanca, “que pasamos de gastarnos el 5,3% de nuestro bolsillo en IVA, a gastarnos el 11,5%. Eso aumenta el valor del gasto en un 6,2%, y posiblemente la inflación en un 6%”, asegura la firma consultora.Así, el coletazo inflacionarios sería mínimo de 2%, aspecto que, según Raddar, “El debate de esta ley de financiamiento comenzaría la próxima semana y aunque la iniciativa fue presentada hasta ahora, diferentes partidos políticos ya parecen haber fijado sus posiciones, especialmente en el cobro del IVA, el cual no la tendrá nada fácil en el Capitolio.Además, el proyecto no ha sido marcado con mensaje de urgencia, por lo cual tiene los tiempos apretados: aproximadamente un mes y medio.
Fuente: https://m.portafolio.co/economia/megainversiones-y-holdings-tendrian-incentivos-tributarios-522996